14/04/2025

Desde hoy, el Gobierno eliminó el cobro del 30% en concepto de adelanto de impuestos sobre la compra de dólares para ahorro. Esto quiere decir que, si sos persona humana y comprás moneda extranjera para guardarla o con un destino específico, ya no te van a descontar ni retener nada extra al momento de hacer la operación.

Vas a poder comprar dólares a través de bancos o casas de cambio autorizadas por el Banco Central sin percepciones ni restricciones impositivas por parte de ARCA (la Agencia de Recaudación y Control Aduanero).

¿Qué pasa con las compras en dólares en el exterior?

En esos casos, los impuestos siguen vigentes. Si hacés compras o contratás servicios fuera del país (como Netflix, vuelos, reservas de hotel, etc.), se sigue aplicando una percepción a cuenta de Ganancias o Bienes Personales.

Esto incluye:

•Compras con tarjeta de crédito o débito en el exterior

•Servicios contratados a empresas del extranjero

•Servicios turísticos o transporte con destino fuera del país

Estas operaciones continúan alcanzadas por la normativa vigente (RG 5617).

En resumen:

Ya no te cobran el 30% extra por comprar dólares para ahorro.

Sí sigue el recargo en consumos y servicios del exterior.

¿Querés saber si podés recuperar lo que te descontaron antes?

¿Tenés dudas sobre cómo te afecta esto según tu situación fiscal?

Contactanos. Te ayudamos a revisar tu caso y recuperar lo que te corresponde.